Artículo 14. El Instituto promoverá, impulsará y fomentará el uso de vehículos eléctricos y de energía renovable o limpia, no motorizados y/o eficientes, sistemas con tecnologías sustentables, así como el uso de otros medios de transporte amigables con el medio ambiente, utilizando los avances científicos y tecnológicos, en el ámbito de sus competencias.
(REFORMADO, P.O. 16 DE ENERO DE 2019)