Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo · Quintana Roo

Artículo 174

TÍTULO CUARTO Del Sistema de Movilidad · CAPÍTULO NOVENO De las Licencias y Permisos para Conducir

Artículo 174. Las licencias o permisos para conducir se extinguen por las siguientes causas: 96

I. Suspensión o cancelación;

II. Expiración del plazo por el que fue otorgada, y

III. Las demás previstas en la presente Ley y su Reglamento.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 28 DE ABRIL DE 2023)

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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