Artículo 18. El Instituto es un organismo público descentralizado de la
Administración Pública Paraestatal del Estado de Quintana Roo, con personalidad jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría de Desarrollo Territorial
Urbano Sustentable, dotado de autonomía técnica y de gestión, responsable de la planeación, diseño, ejecución, evaluación y seguimiento de la política de movilidad en el orden estatal.