Ley de Tránsito del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 1

TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1°. La presente Ley es de orden público y de interés general, y tiene como objeto establecer las bases generales para regular el tránsito de vehículos, la movilidad y la seguridad vial, bajo los principios de accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, y normar el servicio de estacionamientos al público.

Tiene su fundamento en lo dispuesto por las fracciones II y III del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y las fracciones II y III del artículo 114 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, por lo que es obligatoria para todas las autoridades estatales y municipales, así como para particulares que se ubiquen en sus supuestos normativos. Los reglamentos municipales y, en su caso, los bandos de policía y gobierno que emitan los ayuntamientos, que regulen las materias de esta Ley, deberán observar las bases generales que se establecen al efecto.

El servicio público de tránsito es considerado como una función de seguridad pública en los términos de la Ley de Seguridad Pública, y de movilidad en los términos de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, y le son aplicables, los objetivos establecidos en dicho ordenamiento legal, atendiendo en su orden peatones, vehículos no motorizados, vehículos de trasporte público masivo, y vehículos motorizados particulares.

En los términos del artículo 115 fracción II inciso e) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 114 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí, cuando algún municipio de la Entidad no cuente con reglamento municipal, o bando de policía y gobierno que regule el servicio público de tránsito, movilidad y seguridad vial, y servicio de estacionamientos al público, aplicará la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, y esta Ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 30 de abril de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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