Ley de Movilidad y Seguridad Vial para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 32

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO I De la Política Estatal de Movilidad y Seguridad Vial

Artículo 32. Las dependencias y entidades de la administración pública estatal y los municipios ajustarán sus políticas y acciones a lo establecido en la Estrategia Estatal.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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