Ley de Movilidad y Seguridad Vial para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 38

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO I De la Política Estatal de Movilidad y Seguridad Vial

Artículo 38. El Subsistema de Información Territorial y Urbano en materia de movilidad estará conformado por una base de datos integrada, organizada, actualizada y estandarizada por la información que proporcionen las dependencias y entidades públicas de los tres niveles de gobierno, en el ámbito de sus competencias.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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