Artículo 54. En el caso de la zonificación primaria, con visión de mediano y largo plazo, deberá establecerse en los programas o planes municipales de Desarrollo Urbano, por lo menos:
I. La red de vialidades primarias que estructure la conectividad, la movilidad y la accesibilidad universal, así como a los espacios públicos y equipamientos de mayor jerarquía; y (sic)