Artículo 25. La Secretaría General de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Transporte, tendrá las siguientes atribuciones: l. Acordar en coordinación con la Secretaría, acciones específicas para la resolución de conflictos con terceros;
II. Promover en coordinación con la Secretaría, el desarrollo y la aplicación de las políticas públicas en materia de movilidad en el Estado;
III. Coordinar y atender los Sistemas de Transporte Masivo y Empresas de Redes de Transporte;
IV. Participar en la creación de la Guía de Contenido para la Elaboración de Planes Integrales de Movilidad Urbana Sustentable para el Estado de Tamaulipas;
V. Promover, en coordinación con la Secretaría, la creación de los centros de capacitación de la movilidad;
VI. Promover la capacitación de las personas que operan los servicios de transporte público y servicios de emergencia en Lengua de Señas Mexicana;
VII. Fomentar la equidad de género en la planeación, operación y seguimiento del transporte público, y;
VIII. Las demás que le confiera esta Ley, sus reglamentos, y demás ordenamientos jurídicos aplicables.