Artículo 13. La Secretaría, en coordinación con la Secretaría de Educación Pública del Estado de Tlaxcala, implementará y difundirán programas acordes para la educación vial y la seguridad de las y los estudiantes, preparando para ello materiales acordes y suficientes a la edad de las y los estudiantes. Los materiales deberán ser preferentemente entregados al inicio del cada ciclo escolar de conformidad con el calendario oficial que emita la autoridad educativa federal.
Artículo 13
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
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