Artículo 24. Todos los señalamientos viales se ajustarán a las especificaciones dispuestas en las normas oficiales mexicanas relativas y aplicables.
Artículo 24
TÍTULO TERCERO DE LA SEGURIDAD VIAL · CAPÍTULO II DE LAS SEÑALES PARA EL CONTROL DE LA SEGURIDAD VIAL
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.
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