Ley de Tránsito y Seguridad Vial para el Estado de Veracruz · Veracruz

Artículo 26

TÍTULO TERCERO DE LA SEGURIDAD VIAL · CAPÍTULO II DE LAS SEÑALES PARA EL CONTROL DE LA SEGURIDAD VIAL

Artículo 26. Los usuarios de las vías públicas observarán estrictamente lo indicado por las señales viales previstas en el artículo que antecede y demás normativa aplicable.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: docs.mexico.justia.com.

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