Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 3

TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3. Sujetos de la ley

Son sujetos de esta ley:

I. Las autoridades en materia de movilidad y seguridad vial, y transporte.

II. Toda persona que se encuentre dentro del sistema de movilidad en el territorio del estado de Yucatán.

III. Todas las personas que presten el servicio de transporte, así como las que lo reciban como pasajeras y como usuarias del servicio de transporte de carga conforme a lo dispuesto en esta ley y su reglamento.

Última reforma de esta ley incorporada: 28 de diciembre de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.

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