Artículo 31. Reglamento interno 22
El reglamento interno del comité deberá establecer lo relativo a la organización y el desarrollo de las sesiones, las formalidades de las convocatorias y las facultades de quienes lo integran.
TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 31. Reglamento interno 22
El reglamento interno del comité deberá establecer lo relativo a la organización y el desarrollo de las sesiones, las formalidades de las convocatorias y las facultades de quienes lo integran.
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de diciembre de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
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