Artículo 60. Integración
El observatorio estará integrado conforme a lo previsto en los artículos 78 y 79 de la ley general.
TÍTULO CUARTO PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y EDUCACIÓN PARA LA MOVILIDAD
Artículo 60. Integración
El observatorio estará integrado conforme a lo previsto en los artículos 78 y 79 de la ley general.
Última reforma de esta ley incorporada: 28 de diciembre de 2023. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: legismex.mty.itesm.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.