Artículo 48. Cuando se emita un Dictamen de Análisis de Impacto Regulatorio Ex Post con recomendaciones para modificar una Regulación vigente, el Sujeto Obligado deberá agregarla a su respectiva Agenda Regulatoria, en un término no mayor a treinta días.
Artículo 48
TÍTULO TERCERO DEL MODELO NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS
Última reforma de esta ley incorporada: 16 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: diputados.gob.mx.
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