Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 112

TÍTULO SÉPTIMO DE LOS SISTEMAS ESTATAL Y · CAPÍTULO II DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN INTEGRAL

ARTÍCULO 112. El Sistema Estatal de Protección Integral es la instancia de coordinación en la que convergen las dependencias, entidades y representantes de la sociedad civil para establecer la política, programas, obras y acciones encaminadas al cumplimiento de la presente Ley; El Sistema se regirá por lo previsto en esta Ley, la Ley General y demás normatividad aplicable.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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