ARTÍCULO 124. Los sistemas municipales de protección integral se organizarán conforme a lo previsto en este título y en la Ley General.
Artículo 124
TÍTULO SÉPTIMO DE LOS SISTEMAS ESTATAL Y · CAPÍTULO III DE LOS SISTEMAS MUNICIPALES
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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