ARTÍCULO 85. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a participar en actividades culturales conforme a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, y a disfrutar libremente de su lengua, cultura, usos, costumbres, religión, recursos y formas específicas de organización social y todos los elementos que constituyan su identidad.
Artículo 85
TÍTULO TERCERO DE LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y · CAPÍTULO XIX DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES MIGRANTES
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de junio de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.