Ley del Notariado del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 189

TITULO NOVENO DE LA QUEJA · CAPITULO UNICO

ARTICULO 189. Si el notario público en contra de quien se interpuso la queja, o en su caso el Consejo

Directivo del Colegio de Notarios nada contestaren, se tendrán por ciertos los hechos. 42

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de diciembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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