Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 120

TITULO OCTAVO DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS · CAPITULO QUINTO De las Dependencias Administrativas

Artículo 120.- Son atribuciones del Secretario del Ayuntamiento las siguientes:

I. Asistir a las sesiones del Ayuntamiento, dar fe de lo actuado en las mismas y levantar las actas correspondientes;

II. Emitir los citatorios para la celebración de las sesiones de cabildo, convocadas legalmente;

III. Dar cuenta en la primera sesión de cada mes, del número y contenido de los expedientes pasados a comisión, con mención de los que hayan sido resueltos y de los pendientes;

IV. Llevar y conservar los libros de actas de cabildo, obteniendo las firmas de los asistentes a las sesiones;

V. Validar con su firma, los documentos oficiales emanados del Ayuntamiento o de cualquiera de sus miembros;

VI. Vigilar el adecuado funcionamiento del archivo general del Ayuntamiento, a efecto de llevar el control y distribución de la correspondencia oficial del Ayuntamiento, dando cuenta diaria al Presidente Municipal;

VII. Publicar los reglamentos, circulares y demás disposiciones municipales de observancia general;

VIII. Compilar leyes, decretos, reglamentos, Periódicos Oficiales del Estado, circulares y órdenes relativas a los distintos sectores de la administración pública municipal;

IX. Expedir las constancias de vecindad que soliciten los habitantes del municipio, en un plazo no mayor de tres días hábiles, así como las certificaciones y demás documentos públicos que legalmente procedan, o los que acuerde el Ayuntamiento;

X. Elaborar con la intervención del Síndico el inventario general de bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, de los destinados a un servicio público, los de uso común y los propios;

XI. Integrar un sistema de información que contenga datos de los aspectos socio- económicos básicos del municipio; y

XII. Las demás que le confieran esta Ley y disposiciones aplicables.

(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 2 DE JULIO DE 2018)

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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