Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 87

TITULO QUINTO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES · CAPITULO TERCERO De la Policía Preventiva y Tránsito Municipal

Artículo 87. Las corporaciones de Tránsito Municipal en el uso de sus facultades estarán a lo dispuesto por la Ley de Movilidad del Estado.

Última reforma de esta ley incorporada: 14 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.