Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes · Aguascalientes
Artículo 95
TITULO SEXTO REGLAMENTACION MUNICIPAL · CAPITULO UNICO De la Reglamentación Municipal
Artículo 95.- Son servidores públicos municipales, los integrantes del Ayuntamiento, los titulares de las diferentes dependencias de la administración pública municipal y todos aquellos que desempeñen un empleo, cargo o comisión en la misma. Dichos servidores públicos municipales serán responsables de los delitos y faltas administrativas que cometan durante su encargo.
ARTÍCULO 95; EL PÁRRAFO TERCERO DEL
Última reforma de esta ley incorporada: 14 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.
Pregúntale a RíoLex
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.