Artículo 13.- Son derechos de los habitantes del municipio:
I.- Utilizar los servicios públicos que preste el municipio, de acuerdo con los requisitos que establezca esta Ley, los reglamentos municipales respectivos y de más ordenamientos legales aplicables;
II.- Ser atendido por las autoridades municipales, en todo asunto relacionado con su calidad de habitante;
III.- Proponer ante las autoridades municipales, las medidas o acciones que juzguen de interés publico;
IV.- Las demás que le otorguen las leyes y reglamentos.