Ley Orgánica del Gobierno Municipal del Estado de Baja California Sur · Baja California Sur

Artículo 14

TITULO I Del Municipio · CAPITULO TERCERO De la Población

Artículo 14.- Son obligaciones de los habitantes del municipio:

I.- Respetar las instituciones y autoridades de los gobiernos federal, estatal y municipal, así como acatar sus leyes y reglamentos;

II.- Recibir la educación básica y hacer que sus hijos o pupilos menores la reciban, en la forma prevista por las leyes en la materia;

III.- Contribuir para los gastos públicos en la forma que lo dispongan las leyes;

IV.- Prestar auxilio a las autoridades, cuando para ello sean requeridos legalmente; y

V.- Las demás que dispongan las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de julio de 2017. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: comondu.gob.mx.

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