Artículo 90.- Corresponde a los subdelegados:
I.- Colaborar para mantener el orden, la seguridad y la tranquilidad de los vecinos del lugar, reportando ante los cuerpos de seguridad pública, a los oficiales calificadores las conductas que requieran de su intervención;
II.- Elaborar y mantener actualizado el censo de vecinos de la demarcación correspondiente;
III.- Informar al delegado las deficiencias que presenten los servicios públicos municipales;
IV.- Participar en la preservación y restauración del medio ambiente, así como en la protección civil de los vecinos.