Artículo 91.- Los delegados y subdelegados municipales no pueden:
I.- Cobrar contribuciones municipales sin la autorización expresa de la ley; 26
II.- Autorizar ningún tipo de licencia de construcción y alineamiento o para la apertura de establecimientos;
III.- Mantener detenidas a las personas, sin conocimiento del titular de la Dirección de Seguridad Pública del municipio;
IV.- Poner en libertad a los detenidos en flagrancia por delito del fuero común o federal;
V.- Autorizar inhumaciones y exhumaciones;
VI.- Expedir, a nombre del Ayuntamiento, títulos de propiedad o constancias de posesión sobre bienes inmuebles en beneficio de particulares, tanto dentro como fuera de su circunscripción territorial;