Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 111

TÍTULO SEXTO RÉGIMEN ADMINISTRATIVO MUNICIPAL · CAPÍTULO PRIMERO DE LA PLANEACIÓN MUNICIPAL

ARTÍCULO 111.- El Ayuntamiento formulará los planes y programas siguientes: 28

I. El Plan de Desarrollo Municipal con perspectiva de género;

II. El Plan de Desarrollo Urbano Municipal;

III. Planes y programas relativos al territorio municipal conforme a lo previsto en la ley en materia de asentamientos humanos;

IV. El Programa Municipal de Seguridad Pública conforme a lo previsto en la Ley de Seguridad Pública del Estado

V. Programas municipales de desarrollo urbano;

VI. Programas directores de centros urbanos de población;

VII. Programas de trabajo, operativos, sectoriales, institucionales y especiales que se requieran para la ejecución de los planes;

VIII. Los relativos al establecimiento, ampliación, modificación de servicios públicos.

Nota : Se reformó la fracción VII mediante decreto 169 de la LX Legislatura, publicado en el P.O. No. 4867 de fecha 27 de octubre de 2011.

Nota: Se reformó la fracción I mediante decreto 213 de la LXIII Legislatura, publicado en el P.O. del Estado No. 1383 Cuarta Sección de fecha 16 de marzo de 2021.

ARTÍCULO 111; LAS FRACCIONES I, III, IV, VI DEL

ARTÍCULO 111; EL

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: ieec.org.mx.

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