Artículo 124. Las Alcaldías elaborarán mecanismos y acciones de gobierno abierto, que permita:
I. La toma de decisiones atendiendo a necesidades de las personas;
II. Tomar en cuenta sus preferencias;
III. Facilitar la colaboración entre ciudadanas, ciudadanos y funcionarios públicos en la realización de los servicios a cargo de las Alcaldías; y
IV. Comunicar toda decisión y acción de forma abierta, transparente y accesible.
La Alcaldía implementará los mecanismos electrónicos necesarios en materia de trámites y servicios administrativos ágiles, pertinentes, sencillos y de fácil comprensión para los usuarios, que permitan la prestación de un servicio más eficiente y se eliminarán los trámites innecesarios que obstaculicen los procesos administrativos, que incrementen el costo operacional e impidan la prestación de servicios públicos de forma eficiente.
Lo anterior sin dejar de buscar la constante innovación, instrumentación e implementación de nuevas tecnologías aplicadas a la apertura de datos públicos que los hagan interactivos.