Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 27

TÍTULO II DE LAS ALCALDÍAS · CAPÍTULO V DE LA INSTALACIÓN DE LA ALCALDÍA

Artículo 27. En la sesión de toma de protesta de las personas Concejales, las autoridades salientes entregarán a las entrantes el documento que contenga la situación que guarda el Gobierno y la Administración Pública de la demarcación territorial. Dicha información será de carácter público.

El procedimiento de entrega recepción se llevará a cabo en los términos que disponga la Ley en la materia.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: paot.org.mx.

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