Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 98

TÍTULO IV · CAPÍTULO I DEL CONCEJO Y LOS CONCEJALES

Artículo 98. Se requerirá mayoría simple de votos presentes de las y los integrantes del concejo para aprobar:

I. El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Alcaldía correspondiente; y

II. La ratificación de la persona titular de la secretaría técnica del Concejo. 58

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: paot.org.mx.

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