Artículo 98. Se requerirá mayoría simple de votos presentes de las y los integrantes del concejo para aprobar:
I. El Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Alcaldía correspondiente; y
II. La ratificación de la persona titular de la secretaría técnica del Concejo. 58
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de marzo de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: paot.org.mx.
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