ARTICULO 73.- Serán responsables las tesoreras o tesoreros de las erogaciones que efectúen y que no estén comprendidas en el presupuesto o no hayan sido autorizadas por el ayuntamiento.
(REFORMADO DECRETO 274, P.O. 30 MAYO 2020)
TÍTULO TERCERO DEL RÉGIMEN ADMINISTRATIVO · CAPÍTULO IV DE LA TESORERÍA MUNICIPAL
ARTICULO 73.- Serán responsables las tesoreras o tesoreros de las erogaciones que efectúen y que no estén comprendidas en el presupuesto o no hayan sido autorizadas por el ayuntamiento.
(REFORMADO DECRETO 274, P.O. 30 MAYO 2020)
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de agosto de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente: ieecolima.org.mx.
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