Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero · Guerrero

Artículo 22

TITULO PRIMERO DEL MUNICIPIO LIBRE · CAPITULO III DE LA POBLACIÓN DE LOS MUNICIPIOS

ARTICULO 22.- La vecindad se pierde por dejar de residir en el Municipio durante 6 meses.

Última reforma de esta ley incorporada: 17 de septiembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: acapulco.gob.mx.

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