Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 113

TÍTULO SEXTO DE LAS VOTACIONES Y SESIONES · CAPÍTULO ÚNICO VOTACIONES Y SESIONES

Artículo 113. El desarrollo de las sesiones del Ayuntamiento se llevará conforme al orden del día que haya sido aprobado. En las sesiones privadas, solemnes y extraordinarias no se tratarán asuntos de interés general.

Actas de sesiones de Ayuntamiento

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: guanajuatocapital.gob.mx.

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