Artículo 124. Son pueblos indígenas, aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio del País al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.
Son comunidades integrantes de un pueblo indígena, las que formen una unidad social, económica y cultural, asentadas en el estado y que reconocen autoridades propias de acuerdo con sus usos y costumbres.
Son pueblos y comunidades afromexicanas aquellas descendientes de poblaciones africanas, cualquiera que sea su autodenominación.
Representación de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas