Artículo 192. En el presupuesto de egresos deberá preverse el capital humano, los recursos materiales necesarios y suficientes, para la prestación eficiente, eficaz y oportuna de los servicios públicos.
Servicios a cargo del Ayuntamiento
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO ÚNICO PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS
Artículo 192. En el presupuesto de egresos deberá preverse el capital humano, los recursos materiales necesarios y suficientes, para la prestación eficiente, eficaz y oportuna de los servicios públicos.
Servicios a cargo del Ayuntamiento
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: guanajuatocapital.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.