Artículo 354. La Comisión Municipal de la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia es un órgano colegiado que constituye la instancia que de acuerdo a sus atribuciones auxilia en el cumplimiento de los objetivos establecidos para la prevención social de la violencia y la delincuencia, y así se dé atención y solución transversal, integral, complementaria y multidisciplinaria de los factores que generan violencia y delincuencia, bajo los principios de la Ley de la materia.
Integración de la Comisión