Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 93

TÍTULO QUINTO DE LAS COMISIONES MUNICIPALES · CAPÍTULO ÚNICO COMISIONES MUNICIPALES

Artículo 93. La Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública tendrá las siguientes atribuciones:

I. Conocer sobre los asuntos relacionados con los ingresos y egresos municipales;

II. Conocer los asuntos relacionados con el patrimonio del municipio; y

III. Las demás que le señale el Ayuntamiento, esta Ley u otras disposiciones.

Atribuciones de la Comisión de Igualdad de Género

Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: guanajuatocapital.gob.mx.

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