Artículo 129 TER. Los Ayuntamientos en el ámbito de sus competencias, promoverán la participación de la sociedad para la elaboración del Programa Municipal de Prevención y Gestión Integral de Residuos Sólidos;
Artículo 129 TER
TÍTULO SEXTO RÉGIMEN ADMINISTRATIVO · CAPÍTULO OCTAVO
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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