ARTÍCULO 19.- Son obligaciones de los habitantes del municipio:
I.- Acatar las disposiciones de las autoridades municipales, expedidas de acuerdo con las leyes Federales, Estatales y Municipales;
II.- Contribuir para los gastos públicos del Municipio conforme a las leyes respectivas;
III.- Prestar auxilio a las autoridades cuando sean legalmente requeridos para ello;
IV.- Enviar a sus hijos o pupilos en edad escolar a la escuela, para obtener la educación obligatoria;
V.- Tener un modo honesto de vivir;
VI. Inscribirse en los padrones que expresamente estén determinados por las leyes respectivas;
VI BIS.- Contribuir a la prevención, conservación y preservación del medio ambiente, bajo el esquema de economía circular y coadyuvar en la separación y manejo integral adecuado de los residuos sólidos urbanos que produzcan; y
VII.- Las que señale la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado y las demás leyes y reglamentos.