Ley Orgánica Municipal del Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 73

TÍTULO SEGUNDO DEL GOBIERNO MUNICIPAL · CAPÍTULO NOVENO DE LAS COMISIONES

ARTÍCULO 73 .- Para separarse del ejercicio de su cargo, los integrantes del Ayuntamiento, requerirán de licencia otorgada en los términos de esta Ley.

Última reforma de esta ley incorporada: 27 de agosto de 2026. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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