Artículo 19 Bis . Una vez terminada el acta de instalación del Ayuntamiento, el integrante del ayuntamiento electo, en funciones de secretario, previo acuerdo con el Presidente, procederá a citar a los integrantes del Ayuntamiento a una sesión extraordinaria para realizar el nombramiento de Secretario del Ayuntamiento y Tesorero Municipal, durante los cinco días naturales siguientes a la instalación del nuevo Ayuntamiento.
Artículo 19 BIS
TÍTULO SEGUNDO DEL GOBIERNO MUNICIPAL
Última reforma de esta ley incorporada: 25 de junio de 2014. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: secoem.michoacan.gob.mx.
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