ARTICULO 25.- El Congreso del Estado establecerá los límites de los municipios de la entidad y resolverá las diferencias que se presenten sobre las demarcaciones de sus respectivos territorios, conforme a la ley de la materia, salvo aquellas que tengan carácter contencioso.
Artículo 25
TÍTULO TERCERO Capítulo I
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.nayarit.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.