Ley Municipal para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 93

TÍTULO SÉPTIMO Capítulo I

ARTICULO 93.- Son autoridades auxiliares del municipio:

I.- Los delegados municipales; y

II.- Los jueces auxiliares.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de diciembre de 2020. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: contraloria.nayarit.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.