Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 101

CAPÍTULO VIII De los encargados de la Administración

ARTÍCULO 101.- Para atender los servicios públicos, el Ayuntamiento podrá crear por las siguientes entidades paramunicipales: I.- Los organismos públicos descentralizados;

II.- Las empresas de participación municipal; y

III.- Los fideicomisos públicos, en los que el fideicomitente será el ayuntamiento.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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