Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 11

ARTÍCULO 11.- La supresión de municipios se hará con el voto de las dos terceras partes de los integrantes del Congreso y procederá en caso de fusión de municipios.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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