Artículo 175.- El Acta de Entrega-Recepción, deberá contener como mínimo los siguientes requisitos:
I. La fundamentación y motivación legal;
II. Lugar, hora y fecha en que da inicio el acto;
III. El nombre y cargo de las personas que intervienen en el acto que en el caso de la Administración saliente será el Presidente y el Síndico Municipal; y por la entrante, el Presidente y Síndico, quienes se identificarán plenamente, salvo en el caso en que el Presidente Municipal haya sido electo para el mismo cargo por un período adicional, en el cual sólo intervendrá su síndico municipal;
IV. Relacionar el conjunto de hechos que la Entrega-Recepción comprende, así como las incidencias que pudieran acontecer en el desarrollo de la misma, las que deberán manifestarse bajo protesta de decir verdad; V. Realizarse con la presencia de dos personas que fungirán como testigos de asistencia;
VI. Indicar el número, tipo y contenido de los documentos que se anexan y que complementan el acta;
VII. Señalar lugar, hora y fecha en que concluye el acto;
VIII. Relacionar los formatos y anexos que forman parte del acta, los que además deberán contener la firma de los titulares de las áreas administrativas y de los entes públicos de la administración saliente y entrante;
IX. Formularse en tres tantos;
X. No debe de contener tachaduras, enmendaduras o borraduras; los errores deben corregirse mediante guiones, antes del cierre del acta;
XI. Contener firmas al margen y al calce en todas las hojas del acta por quienes intervienen; en caso de negativa de algunos de ellos, se hará constar en la misma;
XII. Las cantidades deben de ser asentadas en número y letra; y
XIII. Las hojas que conforman el acta, así como los formatos y anexos que integrarán el expediente del acta de Entrega-Recepción, deberán foliarse en forma consecutiva y elaborarse en papel membretado.
(Artículo reformado mediante decreto número 1203, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 15 de enero del 2020 y publicado en el Periódico Oficial número 9 Séptima Sección del 29 de febrero del 2020)