Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 98

CAPÍTULO VIII De los encargados de la Administración

ARTÍCULO 98.- Corresponde al Ayuntamiento, en ejercicio de sus facultades reglamentarias internas, determinar las formas en que delegará facultades a las personas responsables de la administración pública municipal y en las formas en que deban suplirse las mismas en los casos de ausencia temporal, impedimento o excusa.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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