Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 99

CAPÍTULO VIII De los encargados de la Administración

ARTÍCULO 99.- Para la mejor atención y eficiente despacho de los asuntos de su competencia, el Ayuntamiento resolverá la creación de órganos administrativos desconcentrados que estarán jerárquicamente subordinados al Presidente Municipal, o al titular de la dependencia que corresponda y tendrán facultades especificas para resolver sobre la materia que les corresponda y dentro del ámbito territorial que se determine en cada caso, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Última reforma de esta ley incorporada: 26 de noviembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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