Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 143

CAPÍTULO XIII

ARTÍCULO 143 ................................................................................................................ 95

ARTÍCULO 143

Los Ayuntamientos, de conformidad con la ley, administrarán libremente la Hacienda Pública Municipal y deberán, dentro de los límites legales correspondientes y de acuerdo con el presupuesto de egresos y el Plan de Desarrollo Municipal vigentes, atender eficazmente los diferentes ramos de la Administración Pública Municipal.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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