Ley Orgánica Municipal del Estado de Puebla · Puebla

Artículo 188

CAPÍTULO XVIII

ARTÍCULO 188 ............................................................................................................... 113

ARTÍCULO 188

Para coadyuvar en los fines y funciones de la Administración Pública Municipal, los Ayuntamientos promoverán la participación ciudadana, para fomentar el desarrollo democrático e integral del Municipio.

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresopuebla.gob.mx.

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